Títulos de Telmex en banda de 3.4 GHz meten en dilema al IFT

Instituto Federal de Telecomunicaciones Noticias

Por Nicolás A. Lucas

Telmex estuvo cerca de conseguir un título habilitante que le hubiera permitido ofrecer todos los servicios que fueran técnicamente posibles desde la banda del 3.4 GHz, incluso video.

La solicitud para renovar un título de concesión de Teléfonos de México que le permitiera a esa empresa seguir ofreciendo servicios de telefonía fija o inalámbrica desde la banda de los 3.4 Gigahercios, enfrascó a los comisionados del IFT en un dilema el 27 de octubre.

En esa sesión, el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones discutió sobre las repercusiones técnicas, jurídicas y de mercado sobre el hecho que les implicaba prorrogar o no ese permiso a Telmex, según el expediente P/IFT/271016/595.

“…Sometemos a su consideración negar la prórroga solicitada por Teléfonos de México, respecto del título de concesión de red pública de telecomunicaciones, en virtud de que en caso de que cuando el Instituto resuelva la procedencia de la prórroga de las concesiones de bandas, y de ser necesario, en estricto cumplimiento del artículo 75 (de la LFTR), segundo párrafo, podría otorgársele un título de concesión habilitante para explotar esas bandas de frecuencias…”, planteó la Unidad de Concesiones y Servicios del IFT al pleno.

Fue la afirmación que desató la polémica al seno del IFT.

Si el regulador renovaba el permiso, cabría la posibilidad de que a futuro se quedara sin efectos, pues este título sólo facultaba a Telmex para ofrecer servicios desde la banda de los 3.4 GHz, más no la explotación expresa de ese espectro y todo lo relacionado con esa concesión sería objeto de otra discusión a futuro, según los tiempos y mecanismos legales, y en el que el resultado pudiera ser no revolarle a Teléfonos de México ese otro permiso.

Pero el título no hubiera quedado sin efectos del todo, pues Telmex hubiera podido buscar un espectro disponible en el mercado secundario para aprovechar este título en particular. Recientemente, su controladora América Móvil buscó un acuerdo con MVS para explotar espectro en la banda del 2.5 GHz vía Telcel.

De acuerdo con el expediente, si el IFT no se expresaba en uno u otro sentido y en tanto que Telmex sí presentó en tiempo su solicitud de prórroga, la compañía habría echado mano de la llamada afirmativa ficta y entender que el regulador le renovó su permiso, si aquél no emitía una decisión clara.

Telmex también pudiera haberse inconformado y recurrido a los tribunales, quienes en alguno de los escenarios y analizando todos los elementos del quejoso habría obligado al regulador a emitir el título, el cual se entendería como habilitante o de concesión única con el que Telmex hubiera podido ofrecer servicios de video, pero que a la fecha está impedida por su título general de 1990 y porque debe cumplir con una serie de regulaciones por ser el agente económico preponderante en telecomunicaciones.

Los comisionados del IFT barajaron otros escenarios y figuras, como la posibilidad de otorgar a Telmex un título de concesión “innominado”, pero que fue desechado porque la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) no contempla una figura legal que soporte este concepto.

Discutieron si el hecho de entregar el título habilitante para sólo esta concesión en particular significaba o no que Telmex tendría vía libre para obtener su concesión única y con ello ofrecer todos los servicios que le fueran técnicamente posibles vender.

E igualmente insistieron en que se debe verificar la correcta explotación del espectro del 3.4 GHz, pues aunque Telmex presentó a tiempo su solicitud, aún no se ha comprobado que la empresa atienda a clientes vía inalámbrica en las nueve regiones del país donde le fue concesionado el espectro.

Gracias a este asunto en particular, los comisionados trajeron a cuenta el tema de la utilización del espectro en la banda de los 3.4 GHz. Asintieron que en una futura plática se debe discutir sobre qué tan sana es la convivencia de las tecnologías satelitales y de telefonía en esas mismas señales.

Cuando las frecuencias en la banda del 3.4 fueron otorgadas a las empresas, se pensó que éstas la explotarían a través de la tecnología Wi-MAX, la que estaba de novedad entre los empresarios de telecomunicaciones.

“Tenemos dos títulos, un título de espectro que implica el aprovechamiento de una banda de un bien del dominio público; y tenemos un título que habilitó en su momento a operar una red pública de telecomunicaciones. Es un título accesorio del título principal, que es sobre el bien del dominio público”, comentó el comisionado Gabriel Contreras al resto de sus colegas y añadió:

“Yo creo que no; está visto que se presentó en tiempo, está visto que de no resolverse conforme a derecho se podría configurar una afirmativa ficta, hablando del título de red pública, que no del de espectro; y me parece que la solución que se encuentra en la adecuada, no ha lugar a prorrogar ahorita aun cuando se cumplieran con todos y cada uno de los requisitos”.

El IFT resolvió entonces negar a Telmex la prórroga de su concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones para la prestación de servicios de acceso inalámbrico en la banda de los 3.4 GHz después del año 2018, cuando vence el título actual.

El argumento del regulador deriva de que esta negativa de refrendo cambiará cuando el IFT resuelva en definitiva la renovación del título de concesión de uso de espectro y entonces Telmex sabrá si se le concede o no un título de concesión única para ofrecer servicios.

Vía El Economista 

Deja tus comentarios

Lost Password

¡Síguenos!