IFT vigila que los medios difundan información, no publicidad

Instituto Federal de Telecomunicaciones Noticias

Por: Susana González

Ciudad de México. Frente a las acusaciones que concesionarios de medios electrónicos e incluso gobernantes locales han lanzado contra el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de pretender atentar contra la libertad de expresión por los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias que entrarán en vigor el próximo mes, el presidente del organismo, Gabriel Contreras, puntualizó que es la ley la que establece que los medios deben diferenciar la información de la publicidad y al IFT sólo le corresponde vigilar su aplicación y “no hay nada que interpretar ahí”, aseveró.

Los lineamientos fueron aprobados por el pleno del IFT el 29 de noviembre del año pasado, se publicaron el 21 de diciembre en el diario oficial de la federación (DOF) y entrarán en vigor el 16 de febrero.

No son, dijo, reglamentos restrictivos ni implican ninguna forma de censura pero en la legislación que aprobó, el Congreso de la Unión determinó obligar a quien presenta información que la distinga de su opinión.

El titular del IFT negó categóricamente dichas acusaciones al señalar que desde 2014 está previsto en la ley la obligación de los concesionarios de que se diferencie la información de la opinión de quien la presente.

“Pueden decir todo lo que quieran, lo pueden decir cuándo quieran, pueden hablar de cualquier tema, pero la ley marca el deber de distinguir la información de la opinión de quien la presenta…De todas las alternativas que pudo adoptar el instituto para regular el derecho de las audiencias la que adoptó fue una posición relativamente conservadora, refleja todas y cada una de las disposiciones que establece la ley. No existe inventiva o creatividad. Únicamente se incorporan alternativas para cumplir lo que hoy dice la ley, sin ningún lugar a duda. Si el debate que debe darse en nuestro país es si la ley debe decir eso que dice o no, eso es otro debate”, comentó el funcionario

Contreras recordó que después de un proceso de consulta pública que se llevó a cabo entre 2015 y 2016, lo que hizo el IFT fue establecer las alternativas o lineamientos con las cuales se podría cumplir con dicha obligación legal sobre el derecho de las audiencias, que proviene de la reforma en telecomunicaciones.

“Quiero subrayar esto enfáticamente: es la propia ley la que establece el deber de los concesionarios de distinguir entre la información que se presenta y la opinión de quien la presente. Si hubiera una cuestión que criticar a la ley ¡pues bueno!, el instituto no puede hacer nada más que cumplir la ley como se espera de cualquier otra autoridad en un Estado de Derecho”, puntualizó.

Vía: La Jornada

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