IFT APOYA LA NEUTRALIDAD DE LA RED

Noticias Tecnología Trend

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet, y cuyos objetivos, entre otros, buscan garantizar que los usuarios tengan libre elección, privacidad y la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas.
De la misma forma se busaca asegurar la no discriminación de tráfico en internet, así como la calidad, capacidad y Velocidad del servicio contratado por el usuario.

Mediante tales lineamientos se permitirá que los proveedores del servicio de acceso a internet (PS1) puedan dar acceso gratuito a los usuarios, aun cuando estos no tengan saldo o datos disponibles, ciertos contenidos, aplicaciones o servicios de entes públicos o entidades del sistema financiero.

En materia de gestión de tráfico y administración de red, los proveedores podrán implementar políticas de gestión de tráfico y administración de red, por cuestiones técnicas, es decir, para asegurar la calidad, capacidad y velocidad del servicio de acceso a internet contratado por el usuario final, así como para preservar la integridad y seguridad de la red.
Para lo anterior, los proveedores deberán asegurar la libre elección de los usuarios para acceder a los contenidos, aplicaciones y servicios disponibles en internet, evitando con ello una fragmentación del Internet como sería el caso del acceso a solo ciertos contenidos, aplicaciones o servicios.

Los proveedores no podrán limitar, degradar, restringir, discriminar, obstruir, interferir, filtrar o bloquear el acceso a contenidos, aplicaciones o servicios a los usuarios finales, salvo en situaciones indispensables (por ejemplo, cuando existan riesgos para la red, los usuarios o sus comunicaciones, entre otros) y esto sólo podrá hacerse de manera temporal.

En cuanto al trato no discriminatorio entre usuarios finales, proveedores de aplicaciones, contenidos y servicios, tipos de tráficos similares, así como entre el tráfico propio y el de terceros que curse por la red de telecomunicaciones, con independencia del origen o destino de la comunicación, lo proveedores no podrán priorizar o dar “carriles rápidos” a contenidos, aplicaciones y/o servicios específicos.
Destaca que en materia de privacidad y la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, los proveedores no podrán inspeccionar, monitorear o alterar el contenido específico del tráfico.

Vía: CIRT

Deja tus comentarios

Lost Password

¡Síguenos!