Contrarreforma del regulador

Instituto Federal de Telecomunicaciones Noticias

Por Ernesto Piedras

Al comienzo de esta semana el IFT, órgano regulador del sector convergente de telecomunicaciones y radiodifusión en México, dio a conocer su decisión de autorizar al operador preponderante en telecomunicaciones (Telmex) una disminución gradual de tarifas por el servicio denominado El que Llama Paga, que implica la realización de llamadas de teléfonos fijos a celulares.

Bajo esta resolución, a partir de agosto se reducirán en 30% estas tarifas para los usuarios finales, para fijarse en $0.56 pesos con impuestos el minuto o fracción. Adicionalmente, tendrán lugar otras disminuciones equivalentes a 15%, una en enero del 2017 y otra en el mismo mes del 2018.

Este nuevo esquema tarifario presuntamente beneficiará a más de 3 millones de consumidores (residenciales y comerciales) en la red del preponderante que no cuentan con un paquete que incluya minutos de llamadas ilimitadas a celulares por el costo de renta mensual.

Hasta aquí todo suena sensato y prometedor, pero ¿qué hay del virtual mantenimiento de barreras para los competidores que resultará de la entrada en vigor de esta política regulatoria?

Recordemos que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones de junio del 2013 colocó en el centro de la política regulatoria la promoción de la competencia efectiva, la nivelación del terreno competitivo y el desvanecimiento de barreras a la entrada, operación y desarrollo de competidores en este sector. Todo, sobre la base de la aplicación de medidas asimétricas, por ejemplo, de tarifas entre el operador preponderante y los competidores en la búsqueda de reconfigurar el mercado en su favor.

Al autorizar esta reciente disminución de tarifas se merma dicha asimetría buscada en la reforma, a la vez que se favorece la posición de ventaja que ostenta el preponderante frente a sus competidores, al promover mejores condiciones de servicios para sus usuarios. Con todo, disminuyen los incentivos para que los consumidores consideren migrar a la mejor oferta del mercado.

Incluso, se entorpecería así el proceso de reducción de participación de mercado para abandonar la condición regulatoria de preponderancia.

Es por ello que esta decisión del regulador constituye una suerte de contrarreforma. Claramente, representa un ejercicio de desvanecimiento de la asimetría competitiva, cuyo objetivo consiste en la gestación de competencia efectiva.

Casos previos contrarios a este objetivo central de la reforma constitucional constituyen la reducción significativa de tarifas de interconexión a cargo del preponderante frente a sus competidores, así como la permisión de concentración de espectro radioeléctrico a favor de éste en la licitación de la banda AWS.

¿Cómo se generarán mejores condiciones de precio, calidad y cobertura bajo la tutela de un regulador que parece obstaculizar la competencia?

Argumentar arteramente que la disminución de precios al usuario final es el objetivo máximo de esta resolución del IFT nos deja ver nada más que una visión cortoplacista de la política regulatoria, puesto que al impedir el desarrollo de la competencia hacia el futuro, que resulta en la generación de incentivos para ofrecer servicios a los mejores precios, se perjudica al consumidor en el mediano y largo plazos.

Esta acción del Instituto Federal de Telecomunicaciones resultará en una incapacidad para rebalancear el mercado a favor de la competencia y en manifiestos actos contrarreformistas, que frenan la evasiva competencia sobre bases sustentables no sólo para el corto plazo, sino también para el mediano y largo plazos.

vía El Economista

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