TV sin contrapesos

Instituto Federal de Telecomunicaciones Noticias

Por Luis Herrera

La televisión y radio de la UdeG se han rezagado en adoptar la figura de defensoría de las audiencias, en comparación con el C7, el otro medio público de Jalisco.  El ombudsman provisional de UdeG es empleado universitario, lo que le resta imparcialidad

Los medios públicos de la Universidad de Guadalajara (UdeG) presentan un rezago mayor que los del Gobierno estatal, en la adopción de las nuevas figuras de defensoría de las audiencias a las que obliga la Ley Federal Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2014.

Así que mientras la señal C7 del Estado cuenta ya con un ombudsman de las audiencias ajeno al gobierno y un Consejo Consultivo con miembros ciudadanos, en la UdeG su Canal 44 y Radio Universidad no tienen ni lo uno ni lo otro.

Dicha Ley establece en su artículo 259 la obligatoriedad para todos los concesionarios tanto públicos como comerciales, de contar con un defensor de las audiencias para velar por los derechos de estas y la oferta de información que sea plural y veraz.

Pero no solo eso, ahora el marco legal prevé que los concesionarios de medios públicos cuenten con un consejo ciudadano que refuerce esta vigilancia, así lo indicó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) a una consulta hecha por Reporte Indigo vía transparencia.

Su Unidad de Concesiones y Servicios señala sobre los medios públicos:

“Es importante mencionar que la Ley así como los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de las Concesiones no contemplan la figura del Consejo Editorial, sin embargo, sí se hace referencia a la conformación de un Consejo Ciudadano plural que funcionará de manera independiente y eficaz, para garantizar su independencia editorial, la participación ciudadana y la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales”.

Y sigue: “El artículo 8 de los Lineamientos Generales… indica que el interesado en obtener una concesión en materia de radiodifusión para uso público, deberá presentar las reglas para la conformación de un Consejo Ciudadano plural que garanticen una elección transparente y democrática de sus miembros, así como su funcionamiento independiente y eficaz”.

El C7 tiene un Consejo Consultivo con cuatro lugares para funcionarios y siete para ciudadanos elegidos por el Ejecutivo por convocatoria pública, aunque su presidencia está en manos del Estado; tiene mandatos afines a los que cita el IFT, pero aún no expresamente esos.

En la UdeG, por el contrario, su Sistema Universitario de Radio, Televisión y Cinematografía (SURT) no tiene ningún ente similar de escrutinio, solo un Consejo de Administración que lleva sus riendas, integrado exclusivamente por funcionarios universitarios, y ni una sola voz independiente.

 

Ombudsman de papel

El SURT de UdeG lleva operando más de un año con un ombudsman provisional y sin ninguna independencia, al ser un funcionario universitario, lo que incumple el perfil que exige la Ley de Telecomunicaciones.

Su ombudsman es el cineasta José Ramón Miquelajauregui Villegas, designado de septiembre de 2015 a todo 2016, aunque también es jefe del Departamento de Imagen y Sonido del Centro Universitario de Arte, Arquitectura y Diseño, con un salario de 50 mil 680 pesos.

El SURT asegura que aguarda a que el IFT emita los Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias -que regularán a estas figuras- para formalizar a su defensor.

No obstante, “el SURT estableció desde septiembre de 2015, de modo provisional a reserva de la aprobación de los Lineamientos, la figura de defensor de las audiencias que recae en la persona de Miquelajauregui Villegas”.

vía Indigo

Deja tus comentarios

Lost Password

¡Síguenos!