Por Javier Orozco Gómez
Por segunda ocasión, en menos de dos semanas el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pone en evidencia que el Instituto Nacional Electoral (INE) ha sido muy cauto en utilizar la figura de la “frivolidad” para no dar entrada a una serie de denuncias sin sentido y que ponen en entredicho la libertad de expresión.
Ahora fue la regional especializada la que confirmó que no existe elemento alguno de infracción en la entrevista que desarrolló el periodista Joaquín López- Dóriga, quien conversó y realizó preguntas al gobernador de Puebla.
Causó extrañeza que, en su momento, la Comisión de Quejas del INE diera cause a este procedimiento, cuando la autoridad electoral sabe, por otros casos, que la Constitución, junto con varios tratados internacionales, en especial el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, reconoce que todos pueden expresar sus ideas e informar libremente por cualquier medio, teniendo techo a no sufrir interferencias por parte de órganos judiciales o administrativos.
El papel del Estado en la vida periodística va encaminado a fomentar el derecho a la información, a la libre expresión de ideas y la emisión de informaciones, no a su restricción o silencio.
De tal manera que bajo un principio de razonabilidad o, dicho de otro modo, el estricto derecho humano a la no irrazonabilidad estatal, ninguna regulación puede impedir el ejercicio periodístico legítimo, tuteado por la Constitución, y menos aquellos derechos humanos de máxima importancia en una sociedad democrática como son la libertad de expresión y el derecho a buscar y recibir información por cualquier medio.
Esos son los criterios bajo los cuales la materia electoral se debe desenvolver al momento de analizar algún género periodístico y qué es motivo de queja, sobre todo es estos tiempos, con las elecciones de 2017 y la víspera de 2018 no se puede llegar bajo el estigma de acotar a los medios por quejas frívolas.
Vía Milenio