Por: Claudia Juárez, Jorge Monroy y Ruben Torres / El Economista
El instituto que dirige Gabriel Contreras decidió aguardar a que la SCJN resuelva sobre la supuesta inconstitucionalidad de una parte de la ley telecom.
Con dos controversias constitucionales en la Suprema Corte, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió diferir la entrada en vigor de los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias del 16 de febrero al 16 de agosto del 2017.
“Atendiendo a que la ley que regula estos mecanismos de impugnación impide que exista suspensión cuando el acto cuya invalidez se reclama consista en una norma general, como son la LFTR y los lineamientos, el pleno del Instituto determinó diferir la entrada en vigor de los lineamientos hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva lo conducente”, informó el regulador.
El Instituto refirió que tomando en cuenta el tiempo que regularmente toma este tipo de procesos judiciales, se modificó el régimen transitorio de los lineamientos con la finalidad de diferir su entrada en vigor al 16 de agosto del 2017. Lo anterior, sin perjuicio de que el Instituto revise dicha fecha si a su llegada no se han resuelto las controversias constitucionales referidas.
Por otro lado, será el ministro Alberto Pérez Dayán el responsable de analizar y determinar si hay inconstitucionalidad en dichos lineamientos, luego de que la SCJN admitió dos controversias, una del presidente Enrique Peña Nieto y otra del Senado, quienes impugnan diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los “Lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias”. La SCJN informó que después de que la Secretaría Jurídica de la Presidencia y la Mesa Directiva del Senado de la República presentaron las controversias, se turnó los asuntos a Pérez Dayán; sin embargo, los lineamientos se mantendrán vigentes, debido a que en las dos controversias presentadas ninguno de los dos poderes solicitó al máximo tribunal la “suspensión de esas medidas”.
En ese sentido, el ministro que realizará el proyecto sólo se encaminará a observar la posible inconstitucionalidad para tomar la decisión que proceda, mientras que una posible suspensión sólo se haría en caso de que los inconformes demanden o soliciten esa medida cautelar, aunque lo pueden hacer siempre y cuando no se dicte sentencia, pero no viene señalado en las controversias constitucionales presentadas por separado.
Controversia, positiva
Los presidentes del Senado, Pablo Escudero (PVEM), y de la Cámara de Diputados, Javier Bolaños (PAN), consideraron positivo que el presidente Enrique Peña Nieto haya interpuesto una controversia constitucional contra artículos de la ley federal de telecomunicaciones en materia de derechos de audiencia en medios electrónicos.
“Qué bueno que está ahí y acataremos plenamente lo que la Suprema Corte defina. A mí sí me parece delicado que existan conceptos que dejan una gran ambigüedad y que pudieran, inclusive, servir para detener, bloquear o inclusive hasta para eliminar algunos espacios de comunicación que pudieran ser incómodos para algunas personas”, comentó.
Por su parte, el presidente del Senado, Pablo Escudero, dijo que en un análisis hecho por ese recinto legislativo se advertían criterios del IFT que podrían imponer la autocensura a medios y comunicadores, por eso interpuso también una controversia constitucional.
El Senado consideró que esos lineamientos del Instituto imponen una censura de los medios y sus comunicadores, porque además también limitan la libertad de los medios de acordar sus códigos de ética.
Vía: El Economista