Por: Ift
El Pleno de Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) acordó solicitar al Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones (AEP) modificar su propuesta de Plan de Implementación de Separación Funcional, conforme a lo establecido en la resolución sobre la revisión bienal de las medidas que se le impusieron en marzo de 2014.
Como se recordará, el pasado mes de febrero el Pleno del IFT resolvió suprimir, modificar y adicionar las medidas impuestas al AEP, acuerdo en el que se ordenó, entre otras cosas, la separación funcional en la provisión de servicios de telecomunicaciones fijas. Para ello, el AEP deberá constituir una nueva empresa – que proveerá exclusivamente servicios mayoristas relacionados con, al menos, la red de acceso y la infraestructura pasiva y enlaces dedicados locales asociados a dicha red –, así como una división mayorista dentro de Telmex y Telnor que proporcionará el resto de los servicios mayoristas.
De conformidad con dicha resolución, el AEP entregó al IFT su propuesta de plan para la constitución de la nueva persona moral y de la división mayorista. Al evaluar la información y documentación presentada, el IFT consideró que dicha propuesta debe ser modificada a efecto de asegurar la eficacia de la separación funcional y el cumplimiento de los objetivos previstos en la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.
Dado lo anterior, el AEP tendrá un plazo de 30 días hábiles para presentar su propuesta modificada, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del acuerdo de mérito, misma que será analizada por el IFT en un plazo igual, a fin de resolver sobre el plan definitivo para implementar la separación funcional.
Con la separación funcional se busca eliminar barreras identificadas en el sector de telecomunicaciones a través de la prestación efectiva de servicios mayoristas, con el fin de garantizar el acceso de todos los operadores, en condiciones no discriminatorias, a los insumos necesarios para el desarrollo de la sana competencia y la libre concurrencia.
(Comunicado 127/2017)
Vía: Ift