Por: Redacción
- El IFT ha otorgado 164 concesiones de uso social que tienen como finalidad prestar servicios con propósitos culturales, científicos, educativos o a la comunidad, y 49 de uso social comunitario, que se rigen bajo principios de participación ciudadana directa, convivencia social, equidad, entre otros.
- Como resultado de diversas acciones de supervisión del uso del espectro, el IFT impuso una multa y declaró la pérdida de bienes en beneficio de la Nación por uso de frecuencias sin concesión en Veracruz y Sonora.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó cinco concesiones para uso social comunitario en los estados de Guerrero, Sonora, Baja California Sur, Michoacán y Colima para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM).
Las organizaciones que recibieron sus concesiones con el carácter comunitario fueron Altamiradio Comunicaciones, A.C., para transmitir en Ciudad Altamirano y diversas localidades de los Municipios de Pungarabato, Coyuya de Catalán, Tlapehuala y Cutzamala de Pinzón, en el estado de Guerrero; Corazón de las Californias, A.C., en Cabo San Lucas, Baja California Sur; Cananea Alternativa, A.C. en la localidad Cananea, Sonora; Mentes que Piensan Manos que Trabajan, A.C. en la localidad de Santa Clara del Cobre, Municipio de Salvador Escalante, Michoacán; y Organización de Radios Comunitarias de Occidente, A.C. en la localidad de Villa de Álvarez, en el estado de Colima.
Asimismo, durante la XIV Sesión Ordinaria del Pleno, se aprobó el otorgamiento de un título de concesión para uso social en favor de Fundación Educacional de Medios, A.C., para la prestación del servicio de radiodifusión en Frecuencia Modulada, en la localidad de Atlacomulco de Fabela, Estado de México y en Cópala, Jalisco.
Desde su creación, y tomando en consideración las concesiones recién aprobadas, el IFT ha otorgado 164 concesiones de uso social y 49 de uso social comunitario. De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), las concesiones para uso social se otorgan a personas físicas u organizaciones de la sociedad civil para prestar servicios con propósitos culturales, científicos, educativos o a la comunidad, sin fines de lucro; mientras que las sociales comunitarias se dan a organizaciones de la sociedad civil que tengan un vínculo directo o coordinación con la comunidad en la que se prestará el servicio y que estén constituidas bajo los principios de participación ciudadana directa, convivencia social, equidad, igualdad de género y pluralidad.
Durante la misma sesión del Pleno, se resolvió imponer una multa y declarar la pérdida de bienes en beneficio de la nación contra Cementos Apasco, S.A. de C.V., por prestar servicios de radiocomunicación privada a través de distintas frecuencias en los estados de Veracruz y Sonora, sin contar con una concesión.
Como resultado de diversas acciones de verificación y monitoreo del uso del espectro, el IFT detectó el uso ilegal de frecuencias, por lo que con fundamento en el artículo 298 inciso E fracción I de la LFTyR, se aprobó por unanimidad sancionar a la empresa con una multa por la cantidad de $620,294,556.11 (seiscientos veinte millones doscientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y seis pesos con once centavos), que corresponde al 6.01% de sus ingresos acumulables en el ejercicio 2016, así como la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes y equipos empleados en la comisión de dicha infracción.
Vía: IFT