Acuerdo mediante el cual el pleno del Instituto Federal De Telecomunicaciones fija el monto del aprovechamiento que deberá cobrarse por la prestación del Servicio que, en el ejercicio de sus funciones de derecho público, realice por el estudio y, en su caso, expedición de la constancia de autorización para el uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso secundario, del cual no se establece monto específico en la Ley Federal de Derechos, consulta el documento en el siguiente enlace :
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/industria/pift230518378.pdf
Vía: Ift