- La licitación No. IFT-9 tiene por objeto concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 40 MHz de espectro radioeléctrico, disponibles en las bandas de frecuencias 2000-2020/2180-2200 MHz.
- Con base en los resultados de esta etapa, el Pleno del Instituto emitirá las actas de fallo correspondientes dentro de los siguientes veinte días hábiles, a partir de la publicación de los resultados.
- Se licitaron dos bloques de 10 + 10 MHz por los que se ofrecieron 300 millones de pesos.
Conforme al calendario publicado en las bases de la Licitación No. IFT-9, que tiene por objeto concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 40 MHz de espectro radioeléctrico, disponibles en las bandas de frecuencias 2000-2020/2180-2200 MHz, para la prestación del servicio complementario terrestre del Servicio Móvil por Satélite en territorio nacional y por un plazo de quince años, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) realizó la actividad de apertura de los sobres con las ofertas económicas de los participantes, su validación y la declaración de ofertas más altas , en presencia de los participantes, del testigo social, del fedatario público y de representantes del Instituto.
El 28 de agosto de 2019, el IFT notificó las Constancias de Participación emitidas por el Pleno a los interesados en esta licitación. A partir de ese acto y previa entrega de sus ofertas económicas en sobre cerrado, los interesados adquirieron la calidad de Participantes.
El proceso de licitación inició el 22 de abril del presente año, con la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y de ésta y de las bases de licitación correspondientes en el portal de Internet del IFT.
Los resultados obtenidos en este acto fueron los siguientes:
Con base en los resultados de esta etapa, el Pleno del Instituto emitirá las actas de fallo a los participantes ganadores, quienes, tras acreditar los requisitos ahí establecidos, incluyendo el pago de su oferta económica, recibirán sus títulos de concesión.
En términos del numeral 16.17 de las bases de la Licitación No. IFT-9, al finalizar la Licitación, el Instituto publicará toda la información derivada del procedimiento, excepto aquella que, por su propia naturaleza, sea considerada como confidencial o reservada en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Con esta licitación se ampliarán las opciones para la provisión de servicios de telecomunicaciones móviles satelitales a través de sus complementos terrestres, para garantizar una mejor cobertura y calidad de los mismos.
Vía: IFT