Corte discute hoy Ley del Derecho de Réplica

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Por Diana Lastiri

El proyecto que discutirán los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) son el que se prevé que cualquier persona que se sienta agraviada por información difundida en medios podrá demandar judicialmente a sus autores, está programando para votarse hoy.

En la orden del día están listadas dos contradicciones de tesis entre la Primera y Segunda Sala referentes a cuatro amparos en revisión, y en tercer lugar está el proyecto realizado por el ministro Alberto Pérez Dayán.

Si los ministros deciden sólo resolver las contradicciones de tesis, el asunto se recorrerá al primer lugar de la lista del lunes 7 de noviembre. Sin embargo, existe la posibilidad de que en sesión privada decidan modificar la orden del día para discutir primero el proyecto del ministro Pérez Dayán.

El asunto surgió de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PRD, Morena y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la Ley del Derecho de Réplica publica en 2015.

Los escritos presentados ante la SCJN fueron firmados por el entonces presidente nacional del PRD, Agustín Basave; el de Morena, Andrés Manuel López Obrador, y el ómbudsman nacional Luis Raúl González Pérez.

Los partidos políticos argumentaron que el requisito, previsto en la ley, de que se trate de información inexacta o falsa para ejercer el derecho de réplica es inconstitucional. El PRD impugnó la obligación de demostrar el daño que se causó con la información difundida dentro de los procedimientos judiciales en los que se ejerza este derecho.

Morena indicó que esta prerrogativa constitucional es una forma especial de ejercicio de la libertad de expresión que se hace valer frente a un abuso del mismo derecho cometido por los medios de comunicación.

La CNDH argumentó que en la ley no están debidamente reguladas las multas a las que pueden ser condenados los medios de comunicación que incumplan con sus preceptos, puesto que no detalla bajo qué parámetros serán aplicadas las sanciones, lo que se traducirá en penas excesivas.

Indicó que se requiere definir de modo preciso quiénes son los sujetos obligados de la ley, puesto que no precisa quién tiene el carácter de “responsable del contenido original”.

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vía El Universal

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